Las multas serán de 800 a 4 mil veces el el valor de la UMA
Este martes por mayoría de votos los diputados del Congreso del Estado aprobaron las modificaciones a el Código Penal, y las leyes que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos del Delito, de Justicia para Adolescentes y de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala para castigar con 12 años de cárcel a los acosadores.
En tribuna la diputada Diana Torrejón Rodríguez solicitó una una adhesión al Código Penal para establecer que la persona que comete el delito de pornografía quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos en menores de 18 años o personas que no tienen la capacidad para comprendí dichas acciones.

«Es importante cuando son menores de edad, para nosotros es muy importante el capítulo que se adiciona de pornografía infantil en el Código Penal, así mismo trancitar la creación de un protocolo para que se pueda tratar la violencia digital sexual en conjunto con la procuraduría y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos».
Razón por la que la diputada señaló las sanciones para las personas que incurran en esta conducta, serán acreedores a una pena de siete a 12 años de prisión y multa de 800 a 2 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento de la comisión del delito.
Torrejón Rodríguez dijo que en el caso del Código Penal la persona que fije, imprima, video grabe, fotografié, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de 18 años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, se le impondrá la pena de siete a 12 años de prisión y multa de 3 mil a 4 mil veces el valor de la UMA.
También durante la vigésima cuarta Sesión Ordinaria aceptaron los diputados las reformas a la Ley que garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida libre de Violencia en el Estado de Tlaxcala, para establecer que se considerará violencia cibernética a toda acción que lesiona, denigra o ponga en riesgo la dignidad, seguridad, libertad e integridad de las mujeres y niñas, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, redes sociales, páginas web, correos electrónicos, blogs, mensajes de texto, videos, o cualquier otro espacio digital o medio similar.
Además dicha iniciativa tiene 5 ordenamientos el código penal para el estado de Tlaxcala, la ley que garantiza el acceso a las mujeres una ley libre se violencia, la ley de atención y protección a víctimas y ofendidos del delito para el estado de Tlaxcala, la ley de justicia para adolescentes para el Estado de Tlaxcala la ley de los derechos de niñas niños y adolescentes del Estado de Tlaxcala.
